El pasado jueves salió publicado en el BOE la nueva
Orden Ministerial sobre el plazo de comunicación de cesiones de derechos de pago único. Se señala
que en la campaña 2014 el período de comunicación de las cesiones de
derechos de ayuda (CV y ARR) comenzará el mismo día de inicio del plazo de presentación de solicitud única 2014 de los pagos directos y finalizará seis
semanas antes del término de dicho plazo de presentación. En anteriores
compañas recuerdo que se ha podido empezar hacer en los meses de noviembre -
diciembre.
Finalmente no se ha atendido a la petición de las entidades colaboradoras, para alargar el plazo ya que es una cuestión de Reglamento del Consejo y esta Orden se limita a la adaptación de la situación extraordinaria en la que se incurrirá durante 2014.
Ojo, me refiero a las cesiones por compraventa y por arrendamiento, para el resto (FU, CD, ES...) se mantiene el plazo de: inicio el día que comienza la solicitud de ayudas y fin el día que finaliza el plazo de presentación de la solicitud única. Lo recomendable será tener todo dispuesto (contratos,
escrituras,...) para empezar a realizar las primeras, nada más se abra el plazo.
Finalmente no se ha atendido a la petición de las entidades colaboradoras, para alargar el plazo ya que es una cuestión de Reglamento del Consejo y esta Orden se limita a la adaptación de la situación extraordinaria en la que se incurrirá durante 2014.
Ojo, me refiero a las cesiones por compraventa y por arrendamiento, para el resto (FU, CD, ES...) se mantiene el plazo de: inicio el día que comienza la solicitud de ayudas y fin el día que finaliza el plazo de presentación de la solicitud única. Lo recomendable será tener todo dispuesto (contratos,
escrituras,...) para empezar a realizar las primeras, nada más se abra el plazo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario